Estado: Revisando justificaciones
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Resoluciones
Objetivo y características de las ayudas
El objetivo de estas ayudas es impulsar el desarrollo de actividades orientadas a promover la igualdad de todas las personas y colectivos en el espacio universitario y en la sociedad en general.
La duración de las acciones estará comprendida entre la fecha de resolución definitiva de las ayudas y el 30 de noviembre de 2021.
Las actividades propuestas estarán alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de la ONU, mostrando información y difusión de estos objetivos en cada una de ellas.
Los proyectos incluirán actuaciones de difusión que podrán ser englobadas dentro de las actividades que lleve a cabo el Vicerrectorado, donde se darán a conocer los resultados obtenidos. Se valorará especialmente la difusión del proyecto en las clases de las titulaciones en las que imparten docencia los miembros del grupo de trabajo, así como eventos en los diferentes centros.
En cualquier caso, se informará al Vicerrectorado de todos los actos de difusión previamente a su desarrollo, para coordinar actuaciones.
No se concederán ayudas a acciones que correspondan a una actividad que haya recibido financiación directa o indirectamente en algún otro programa de este plan.
Modalidad de actividades subvencionables
- Actividades de sensibilización y formación: destinadas a aumentar el conocimiento y la conciencia crítica sobre las causas que generan situaciones de desigualdad, sus consecuencias y las estrategias adecuadas para abordarlas y prevenirlas. Estarán dirigidas tanto a estudiantes como a profesionales en la materia con el objetivo de mejorar sus competencias y capacidades.
- Actividades de transferencia de conocimiento en el entorno: puesta en marcha de experiencias de aprendizaje y/o investigación sobre contextos locales dirigidas a la promoción de la igualdad, así como a la prevención y corrección de las consecuencias de la desigualdad.
Financiación y plazo de ejecución del proyecto
Los proyectos concedidos deberán llevarse a cabo durante el curso académico 2020-2021.
La dotación económica de las ayudas será como máximo de 1.500 €.
Es requisito imprescindible que el proyecto esté cofinanciado, en una cantidad no inferior al 30% del presupuesto total del mismo, por otro centro, departamento, proyecto de investigación o servicio de la Universidad de Granada.
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad remitirá a las personas beneficiarias de estas ayudas una notificación del nombramiento y una carta de aceptación. Dicha carta de aceptación deberá ser cumplimentada y firmada por la persona solicitante de la ayuda y remitida al Vicerrectorado en el plazo indicado.
El abono de las ayudas se realizará en un único pago, mediante la figura del cargo/abono entre centros de la UGR, al centro de gastos indicado en la carta de aceptación, una vez recibida la carta de aceptación del mismo.
Serán objeto de financiación mediante esta convocatoria: gastos de material fungible, bibliográfico, gastos de divulgación y difusión, desplazamientos y servicios técnicos. No se podrán imputar gastos de carácter protocolario y caterings.
La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá ser notificada al Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad.
La justificación de las ayudas deberá ser presentada antes del 30 de noviembre de 2021.
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.
Personas que solicitan
Podrá participar en la presente convocatoria cualquier persona, grupo, colectivo o asociación perteneciente a la Universidad de Granada.
Se designará una persona que coordine la actividad que debe tener vinculación permanente con la UGR que será responsable de la adecuada gestión, desarrollo y justificación del proyecto.
Se valorará la conformación de grupos de trabajo multidisciplinares y transdisciplinares.
Cada solicitante (o grupo de solicitantes) podrá presentar cuantas propuestas considere oportuno, asumiendo la responsabilidad de la realización de las mismas. No obstante, en aras de favorecer la distribución de las ayudas entre el mayor número de personas beneficiarias y proyectos, en ningún caso se concederá más de una ayuda para un mismo proyecto y solo excepcionalmente en caso de disponibilidad presupuestaria podrá concederse más de una ayuda al mismo solicitante.
No podrán concurrir a esta convocatoria quienes habiendo recibido subvenciones de la UGR en convocatorias anteriores, no hayan justificado adecuadamente en forma y plazo las ayudas recibidas.
Formalización y plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de esta convocatoria hasta el 31 de mayo de 2020.
Las propuestas deberán enviarse telemáticamente, mediante la cumplimentación del formulario disponible al final de esta página, al que incluirá la siguiente documentación:
- Descripción de la actividad (anexo 1)
- Memoria económica de la actividad (anexo 2)
- Declaración de cofinanciación de la actividad (anexo 3): declaración de la persona responsable del centro de gastos que colabore con la actividad, aportando el compromiso de asumir la gestión económica de la actividad.
Una vez realizado este trámite, recibirá un mensaje de confirmación a la dirección de correo electrónico indicada en el formulario, el cual deberá imprimir, firmar y presentar, dentro del plazo establecido en la convocatoria, en cualquiera de los siguientes lugares:
- Registro General de la UGR (Hospital Real).
- Registro de cualquier centro académico (Facultades, Escuelas Técnicas Superiores).
- Registro telemático disponible en la Sede Electrónica de la UGR.
- Cualquiera de los lugares previstos en el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de la solicitud supone la aceptación de las Bases por las que se rige la presente convocatoria.
Criterios de valoración
Se valorará preferentemente aquellas actividades que vayan encaminadas a promover la igualdad en al acceso a la educación, participación, permanencia y progreso de todas las personas, especialmente aquellas en situación de mayor vulnerabilidad de la provincia de Granada.
Interés de la propuesta y adecuación de la misma a la política de igualdad de la UGR (II Plan de Igualdad de la UGR).
Respaldo al solicitante de su Centro, Departamento, Grupo de Investigación, Instituto Universitario, etc., y/o de otros organismos que colaboren en la actividad (aportando el compromiso de asumir la gestión económica del proyecto mediante la declaración de cofinanciación).
- Impacto del proyecto - Alineación con los ejes estratégicos UGR.
- Coste total de la propuesta y porcentaje de cofinanciación cubierto.
- Viabilidad técnica y económica del proyecto.
- Repercusión de la iniciativa en la comunidad universitaria y la sociedad.
- Impacto mediático previsible.
Resolución, alegaciones y recursos
La selección de proyectos será efectuada por una comisión evaluadora integrada por la Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad, el Vicerrector de Investigación y Transferencia (o persona en quien delegue), pudiendo contar asimismo con la valoración de otros miembros de la Universidad de Granada o personas expertas con reconocida experiencia en la temática, que no figuren como solicitantes o miembros del equipo de trabajo de los proyectos presentados en la presente convocatoria. La comisión realizará su valoración en base a los criterios especificados en la convocatoria.
La resolución de las ayudas se hará pública en la web del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad.
La participación en esta convocatoria implica la aceptación de sus bases.
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad remitirá a las personas beneficiarias de estas ayudas una notificación del nombramiento y una carta de aceptación. Dicha carta de aceptación deberá ser cumplimentada y firmada por el/la solicitante de la ayuda y remitida al Vicerrectorado en el plazo indicado.
La Comisión evaluadora de la presente convocatoria será la responsable de resolver la convocatoria. Se publicará una resolución provisional que, tras el período preceptivo de alegaciones y las modificaciones que de ellas se deriven, se elevará a definitiva.
Contra la resolución definitiva se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 84.2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Una vez resuelta la convocatoria, el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad publicará a través de su página web la relación de actividades seleccionadas.
Justificación y seguimiento de los proyectos
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
Las personas que coordinen los proyectos se comprometen, en caso de ser sus proyectos seleccionados, a presentar un INFORME FINAL DE JUSTIFICACIÓN económico y técnico debidamente cumplimentado antes del 30 de noviembre de 2021 (excepto para quién haya solicitado la ampliación, debido a la pandemia) aportando la siguiente documentación:
- Justificación económica de los gastos realizados: la persona responsable del centro de gastos de la UGR y de la actividad concedida presentará el extracto actualizado de los gastos realizados.
- Copia de otros materiales realizados como resultado del proyecto, como publicaciones, informes, reportajes, folletos, etc.
Previo al inicio del proyecto se firmará un compromiso de la persona beneficiaria comprometiéndose a llevarlo a cabo en las condiciones establecidas.
El Vicerrectorado Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad podrá convocar a las personas responsables de los proyectos subvencionados para realizar sesiones informativas, de sensibilización o de presentación de resultados, donde se dará a conocer el material gráfico, audiovisual y la documentación que se haya generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones, campañas de sensibilización, emitir notas de prensa, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
Modificación de proyectos y revocación de las ayudas
Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado por escrito al Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad, con la antelación suficiente.
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos, cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto o cuando concurran alteraciones temporales o sustantivas que no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación del informe final de justificación o de los justificantes originales del gasto realizado en la fecha establecida para la finalización de la actividad.
Documentación a presentar
Solicitud - Impresos y formulario
- Descripción de la actividad (anexo 1)
- Memoria económica de la actividad (anexo 2)
- Declaración de cofinanciación de la actividad (anexo 3)
- Formulario cerrado
Justificación - Impresos y Formulario
- Informe final de justificación
- Formulario