Programa de Apoyo y Fomento a la Investigación en Materia de Inclusión 2019

Estado: Finalizada y justificada

El objeto de esta convocatoria es, mediante la financiación de investigación en materia de discapacidad y accesibilidad universal, estimular a los investigadores de la UGR para la generación de líneas de investigación en este campo, y servir de herramienta preparatoria hacia una posterior solicitud de proyectos de investigación en los ámbitos nacional e internacional.

Condiciones

  1. Estar vinculado laboral o estatutariamente a la UGR durante la duración del proyecto.
  2. El importe de la ayuda será de un máximo de 2500 €
  3. La no presentación del informe final del proyecto o la no justificación económica, serán motivo para la devolución de la ayuda subvencionada.
  4. Estas ayudas se conceden por un solo año improrrogable.
  5. La participación en esta convocatoria implica la aceptación de sus bases.

 

Formalización de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de esta convocatoria hasta el 31 de mayo de 2019.

El Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Igualdad e Inclusión remitirá a las personas beneficiarias de estas ayudas una notificación del nombramiento y una carta de aceptación. Dicha carta de aceptación deberá ser cumplimentada y firmada por el solicitante de la ayuda y remitida al Vicerrectorado en el plazo indicado.

El abono de las ayudas se realizará en un único pago, mediante la figura del cargo/abono entre centros de la UGR, al centro de gastos indicado por el solicitante, una vez recibida la carta de aceptación del mismo.

Las propuestas deberán enviarse telemáticamente, mediante la cumplimentación del formulario de solicitud y de la memoria del proyecto, a través de la página http://viceresponsabilidad.ugr.es

La extensión de la documentación aportada en el archivo que se adjunte no superará las 15 páginas.

Una vez realizado este trámite, la web generará automáticamente una solicitud que se deberá firmar y presentar, dentro del plazo establecido en la convocatoria, en cualquiera de los siguientes lugares:

  1. Registro General de la UGR (Hospital Real).

  2. Registro de cualquier Centro (Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Escuelas Universitarias).

  3. Registro telemático disponible en la Sede Electrónica de la UGR (https://sede.ugr.es/sede/catalogo-de-procedimientos/solicitud-generica.html).

  4. Cualquiera de los lugares previstos en el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común

Criterios de valoración

Calidad y pertinencia científico-técnica, relevancia de la propuesta
La problemática que aborda la investigación es relevante para promover la inclusión plena de las personas con discapacidad en la sociedad.
La investigación está adecuadamente justificada en relación a la problemática detectada en materia de discapacidad y accesibilidad.
El proyecto está vinculado con las políticas de inclusión nacional, autonómica y local.
La investigación cuenta con relevancia científica y social.
Calidad, trayectoria y adecuación del solicitante y su equipo de investigación
Vinculación del proyecto con actividades docentes y/o investigadoras de los miembros del equipo.
El grupo de trabajo del proyecto incluye personal investigador de la UGR en fase de formación/especialización.
Incorporación en el equipo del proyecto de investigadores de otras universidades nacionales y/o extranjeras.
Impacto del proyecto - Alineación con los ejes estratégicos UGR (Repercusión en la comunidad universitaria y la sociedad)
Los resultados de la investigación presentan alta capacidad de generar futuras acciones de intervención en materia de inclusión.
El proyecto contempla la publicación de los resultados obtenidos en un formato de informe científico estándar.
La solicitud contempla la presentación de proyectos a próximas convocatorias de los programas de ayudas andaluza, nacional o europeo.
Alineación del proyecto con la Estrategia Horizonte 2020.
Alineación del proyecto con los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).
Potencial transnacional del equipo y proyecto.
El proyecto introduce elementos innovadores.
Se prevé la realización de tesis doctorales, TFM o TFG en relación con la propuesta planteada.
Coherencia del proyecto
Existe coherencia en la lógica del proyecto: objetivo - metodología –técnicas – actividades previstas – cronograma - presupuesto
Adecuada distribución de recursos materiales y humanos para la realización de las actividades previstas.
Los indicadores son coherentes con los objetivos planteados y los resultados esperados.
La formación y experiencia que aporta el equipo del proyecto son adecuadas para llevar a cabo el proyecto propuesto.
Viabilidad y sostenibilidad
Los costes previstos se encuentran claramente justificados y son razonables.
El proyecto realiza un buen manejo de los recursos del ambiente.
El proyecto contempla la equidad de género.
La metodología y el análisis que plantea el proyecto son acorde a los resultados esperados.

 

Resolución

La selección de proyectos será efectuada por una comisión evaluadora integrada por la Vicerrectora de Responsabilidad Social, Igualdad e Inclusión, el Vicerrector de Investigación y Transferencia (o persona en quien delegue), pudiendo contar asimismo con la valoración de otros miembros de la Universidad de Granada con reconocida experiencia en la temática. La decisión de la Comisión Evaluadora será inapelable.

La resolución de las ayudas se hará pública en la web del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Igualdad e Inclusión en el mes de junio del 2019.

La comisión evaluadora se reserva el derecho a declarar la convocatoria desierta total o parcialmente.

Modificación de proyectos y revocación de las ayudas

Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado por escrito al Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Igualdad e Inclusión, con la antelación suficiente.

El Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Igualdad e Inclusión podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos, cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto o cuando concurran alteraciones temporales o sustantivas que no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas, lo que dará lugar, previo oportuno expediente de incumplimiento, a la revocación de la ayuda y a la obligación de reintegrar ésta y los intereses de demora correspondientes.

También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación del informe final de justificación.

Seguimiento

El Vicerrectorado de Igualdad,  Inclusión y Sosteniblidad establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
 
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad podrá convocar a toda las personas responsables de los proyectos subvencionados para realizar sesiones informativas, desensibilización o de presentación de resultados, donde se dará a conocer el material gráfico, audiovisual y la documentación que se haya generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones, campañas de sensibilización, emitir notas de prensa, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.

Justificación

Las personas que coordinen los proyectos deberán justificar antes del 15 de septiembre de 2020 la realización de la actividad, para ello, deberán aportar la siguiente documentación:

Memoria de actuación: justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención especificará, con el máximo detalle, las actividades realizadas y los resultados obtenidos. La memoria deberá contemplar, como contenido mínimo, los siguientes extremos: 1. Persona responsable y solicitante de la actividad. 2. Denominación del proyecto/programa o actuación subvencionada. El nombre del proyecto/programa indicado en la memoria debe ser idéntico al del proyecto/programa subvencionado. 3. Descripción detallada del colectivo objeto de atención que deberá ser idéntica a la del proyecto/programa subvencionado. 4. Número de usuarios y usuarias. 5. Periodo de ejecución, indicando fecha de inicio y fecha de finalización. 6. Detalle exhaustivo de las actividades realizadas: descripción de las mismas y de su plazo de ejecución, detallando el grado de realización y número total de personas participantes/beneficiarias/afectadas desagregadas según sexo. 7. Desviación respecto a las actividades previstas. 8. Informe sobre los resultados obtenidos cuantificados y valorados, con indicadores de resultados de la actividad, coincidentes con los establecidos en el proyecto. 9. Desviación respecto a los resultados previstos. 10. Indicadores de resultados del programa.

Justificación económica: relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor y del concepto, su importe correspondiente, fecha de emisión y cuantía imputada al programa de la actuación subvencionada, según el modelo establecido. Además, se incluirá en formato pdf, la documentación acreditativa del pago correspondiente al gasto total del proyecto o actuación subvencionada conforme se establece en el cuadro resumen de las bases reguladoras y el modelo establecido. Esta memoria deberá corresponder específicamente a los gastos subvencionados ajustándose a las actividades presentadas en el proyecto o actuación subvencionada, según el modelo establecido.

Copia de otros materiales realizados como resultado del proyecto: publicaciones, informes, reportajes, folletos, etc.

Las propuestas deberán enviarse telemáticamente, mediante la cumplimentación del formulario disponible al final de esta página, al que incluirá la siguiente documentación:

Una vez realizado este trámite, recibirá un mensaje de confirmación a la dirección de correo electrónico indicada en el formularioel cual deberá imprimir, firmar y presentar, dentro del plazo establecido en las bases reguladoras, en cualquiera de los siguientes lugares:

  • Registro General de la UGR (Hospital Real).
  • Registro de cualquier centro académico (Facultades, Escuelas Técnicas Superiores).
  • Registro telemático disponible en la Sede Electrónica de la UGR.
  • Cualquiera de los lugares previstos en el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

Impresos y formulario justificación