Resoluciones
Bases
Objeto y características de las ayudas
El objeto de esta convocatoria es estimular a los investigadores de la UGR para la generación de líneas de investigación en este campo, y servir de herramienta preparatoria hacia una posterior solicitud de proyectos de investigación en los ámbitos nacional e internacional.
Dichas actividades podrán extenderse desde la fecha de resolución definitiva de las ayudas hasta el 29 de septiembre de 2023. Las actividades propuestas estarán alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de la ONU, mostrando información y difusión de estos objetivos en cada una de ellas.
Este programa comprende las siguientes líneas de actuación:
- Línea 1. Materia de igualdad: actividades y proyectos que trabajen sobre cualquiera de los 9 ejes sobre los que versa el II Plan de Igualdad, que promocionen la igualdad en y desde la UGR, que pretendan crear una cultura de igualdad y conciliación y que tengan como objetivo consolidar una estructura y organización universitaria que facilite todo este proceso. Se hará especial atención a aquellas actividades y proyectos relativos a: a. violencia de género y atención a las mujeres víctimas. b. representación de las mujeres tanto en el ámbito académico, como en el laboral, social y político. c. situaciones de discriminación y acoso tanto dentro de la UGR como fuera de ella. d. conciliación de la vida laboral, familiar y personal, fomentando que mujeres y hombres se responsabilicen de las tareas domésticas, del cuidado de hijas/os y personas dependientes y que promuevan una cultura de corresponsabilidad. e. nuevas masculinidades, hombres e igualdad, con el fin principal de fomentar modelos basados en la corresponsabilidad y en las relaciones igualitarias. f. defensa de los derechos y la no discriminación de las personas LGTB. g. atención efectiva y adecuada a personas trans e intersex. h. cualquiera de las líneas anteriores cuyo refuerzo sea aún más necesario tras la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la COVID-19.
- Línea 2. Materia de inclusión: actividades y proyectos que trabajen especialmente en: a. altas Capacidades en el seno universitario. b. discapacidad intelectual y su inclusión en la universidad. c. utilización de nuevas tecnologías aplicadas a la inclusión y accesibilidad universal. d. tránsito hacia y desde la universidad. e. cualquiera de las líneas anteriores cuyo refuerzo sea aún más necesario tras la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la COVID-19.
- Línea 3: Desarrollo local: actividades y proyectos que trabajen especialmente en promover el compromiso social con el entorno de referencia de la Universidad de Granada.
Se valorará especialmente aquellas actividades dirigidas a promover las siguientes líneas de actuación:
- Favorecer la inclusión y la igualdad de oportunidades en el acceso, participación, permanencia y progreso en la educación de todas las personas, especialmente aquellas en situación de mayor vulnerabilidad o riesgo de exclusión.
- Atender los problemas sociales, económicos y medioambientales de las personas de provincia de Granada, Ceuta o Melilla, especialmente las siguientes áreas: Barrio de “La Cañada de la Muerte” (Melilla). - Barrio “El Príncipe” (Ceuta). Proyectos que estén enmarcados en el Programa Comunitario Intercultural de distrito Norte. Distrito Beiro - Barrio del Zaidín - Barrio de La Chana - Comarca de la “Vega de Granada”.
- Atender a las personas migrantes y refugiadas.
- Cualquiera de las líneas anteriores cuyo refuerzo sea aún más necesario tras la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la COVID-19.
Los proyectos incluirán actuaciones de difusión que podrán ser incluidas dentro de las actividades que lleve a cabo el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibildad, donde se darán a conocer los resultados obtenidos. Se valorará especialmente la difusión del proyecto en las clases de las titulaciones en las que imparten docencia los miembros del grupo de trabajo, así como eventos en los diferentes centros.
En cualquier caso, se informará al Vicerrectorado de todos los actos de difusión previamente a su desarrollo, para coordinar actuaciones.
No se concederán ayudas a acciones que correspondan a una actividad que haya recibido financiación directa o indirectamente en algún otro programa de este plan.
Cualquier acción derivada de la ejecución del proyecto, en exposiciones públicas o en todo tipo de publicaciones, deberá reflejar el logotipo de la UGR y hacer constar: “Actividad realizada con el apoyo del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad de la UGR”
Cuantía de la ayuda y gastos subvencionables
La dotación económica de las ayudas será como máximo de 2.500 euros.
La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá ser notificada al Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad.
El abono de las ayudas se realizará en un único pago, mediante la figura del cargo/abono entre centros de la UGR, al centro de gastos indicado en la carta de aceptación, una vez recibida la carta de aceptación firmada y al comienzo del ejercicio económico 2023.
Gastos subvencionables:
Se considerarán gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada responda a la naturaleza de la actividad subvencionada. En este sentido, se consideran gastos subvencionables, los efectuados en los conceptos de:
- Material de oficina.
- Material de reprografía.
- Servicios técnicos. Diseño, maquetación y edición de materiales didácticos, formativos e informativos. Servicios informáticos, estadísticos, traducciones.
- Inscripción a congresos, publicaciones, artículos con el límite del 30% del montante de la actividad.
- Gastos de personal. Importe íntegro de los gastos de personal para conferencias, seminarios, con los límites establecidos en la normativa económica de la Universidad de Granada.
- Gastos de desplazamientos, computándose, como máximo, por las cuantías establecidas en la normativa económica de la Universidad de Granada.
- Material inventariable con el límite del 20% del montante de la actividad subvencionada y deberá estar adecuadamente justificado, respetando la finalidad o temática por la que se ha adquirido.
Gastos no subvencionables:
- No se podrán imputar gastos de carácter protocolario, obsequios y catering.
Solicitantes
Podrá participar en la presente convocatoria cualquier persona perteneciente a un centro, departamento, servicio, grupo o proyecto de investigación perteneciente a la Universidad de Granada.
La persona solicitante coordinará la actividad y deberá tener vinculación con la Universidad de Granada durante el periodo de realización del proyecto, que será responsable de la adecuada gestión, desarrollo y justificación del mismo.
No podrán concurrir a esta convocatoria las personas qué habiendo recibido subvenciones de la UGR en convocatorias anteriores, no hayan justificado adecuadamente en forma y plazo las ayudas recibidas.
Para la línea 3 Desarrollo local se requiere la participación en el grupo de trabajo de entidades sin ánimo de lucro con experiencia demostrable en los colectivos y las comunidades atendidas.
Formalización y plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de las bases en la web del vicerrectorado.
Las propuestas deberán enviarse telemáticamente, mediante la cumplimentación del formulario de solicitud existente en la web del vicerrectorado (https://viics.ugr.es/).
Una vez realizado este trámite, la web generará automáticamente una solicitud. La persona solicitante deberá presentarla, dentro del plazo establecido en la convocatoria, en el procedimiento del registro telemático disponible en la sede electrónica de la UGR.
La presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases por las que se rige la presente convocatoria.
Posibilidad de reformulación de solicitudes:
Sí, una vez publicada la resolución definitiva.
Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones:
Sí, Número: 2. No obstante, en aras de favorecer la distribución de las ayudas entre el mayor número de beneficiarios y proyectos, en ningún caso se concederá más de una ayuda para un mismo proyecto.
Criterios de valoración
Se valorarán las solicitudes presentadas atendiendo a la puntuación obtenida en los siguientes criterios, según el documento “Criterios de valoración”:
Criterio |
Puntuación |
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Alineación con los ejes estratégicos de la UGR |
Máx. |
Mín.* |
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6 |
2 |
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Alineación del proyecto con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y con la política de inclusión, igualdad y desarrollo sostenible de la UGR: contribución del proyecto a alguna de las líneas de actuación de los ODS 1+10 y/o ODS 5 u otras vinculadas con la temática de la convocatoria recogidas en las Estrategias de Desarrollo Humano Sostenible – ODS UGR 2030 o el II Plan de Igualdad de la UGR |
1 |
||
El proyecto está dirigido a promover una de las líneas de actuación preferentes:
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4 |
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El desarrollo del proyecto contempla de forma transversal criterios para promover la inclusión social, el respeto al medio ambiente, la igualdad corporal, sexual y de género. |
1 |
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Calidad y pertinencia científico-técnica, relevancia de la propuesta |
Máx. |
Mín.* |
|
5 |
2 |
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La problemática que aborda la investigación es relevante para promover alguna de las líneas de actuación de la convocatoria. |
1 |
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La investigación está adecuadamente justificada en relación con la problemática detectada. |
1 |
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El proyecto está vinculado con las políticas regionales, nacionales y europeas en materia de igualdad, inclusión y compromiso social. |
1 |
||
La investigación cuenta con relevancia científica y social. |
2 |
||
Calidad, trayectoria y adecuación del solicitante y su equipo de investigación. |
Máx. |
Mín.* |
|
4 |
1 |
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Vinculación del proyecto con actividades docentes y/o investigadoras de los miembros del equipo. Experiencia y capacidad en la materia de investigación. |
1 |
||
Interdisciplinariedad y transdisciplinariedad del equipo del proyecto. Participación conjunta de miembros de diferentes disciplinas en el equipo del proyecto. |
1 |
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El grupo de trabajo del proyecto incluye personal investigador de la UGR en fase de formación/especialización. |
1 |
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Incorporación en el equipo del proyecto de personal experto de otras instituciones locales, nacionales y/o extranjeras. |
1 |
||
Calidad, trayectoria y adecuación del solicitante y su equipo de investigación |
Máx. |
Mín.* |
|
4 |
1 |
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Los resultados que persigue la intervención tienen alta capacidad de generar impacto a largo plazo. |
1 |
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Se incluyen acciones de difusión y divulgación en las titulaciones y centros de la universidad. |
1 |
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Se incluyen acciones de difusión externa a la universidad. |
1 |
||
El proyecto genera materiales o se inserta en programas con capacidad de uso o replicabilidad posterior. |
1 |
||
Impacto del proyecto - Repercusión de la iniciativa en la comunidad universitaria y la sociedad |
Máx. |
Mín.* |
|
6 |
3 |
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Los resultados que persigue la actividad son relevantes para promover la inclusión, igualdad y el compromiso social en la universidad y su entorno (Granada, Ceuta, Melilla) en base a los problemas y necesidades identificadas. |
2 |
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El proyecto establece alianzas y colaboraciones con otras instituciones para potenciar sus resultados. |
2 |
||
Se prevé la realización de tesis doctorales, TFM o TFG en relación con la propuesta planteada. |
2 |
||
Viabilidad y coherencia del proyecto |
10 |
5 |
|
Los objetivos (general y específicos) están correctamente identificados, jerarquizados y enfocados para la resolución de la problemática planteada. |
1 |
||
Adecuación de los objetivos, resultados y actividades al entorno social, económico y ambiental. |
1 |
||
Los resultados que se esperan conseguir son apropiados y suficientes para conseguir el objetivo general. |
1 |
||
Las actividades están claramente definidas, adecuadas y viables para conseguir los objetivos (general y específicos) y los resultados. |
1 |
||
El cronograma es factible y realista en relación al objetivo general. |
1 |
||
Los indicadores que miden los objetivos son verificables cuantitativamente y cualitativamente. |
1 |
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Los costes previstos se encuentran claramente justificados son razonables. La distribución de recursos materiales y humanos es adecuada |
4 |
||
Puntuación máxima |
30 |
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* Cada proyecto deberá obtener la puntuación mínima indicada en cada apartado, para ser valorado. |
Resolución, alegaciones y recursos
La instrucción del procedimiento corresponderá a la Unidad de Gestión de la Responsabilidad y Proyección Social de la Universidad de Granada, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión Evaluadora compuesta por la Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad o persona en quien delegue, el Vicerrector de Investigación y Transferencia o persona en quien delegue y siete personas pertenecientes a las distintas áreas del Vicerrectorado, pudiendo contar asimismo con la valoración de otros miembros de la Universidad de Granada o expertos externos con reconocida experiencia en la temática, que no figuren como solicitantes o miembros del equipo de trabajo de los proyectos presentados en la presente convocatoria.
El órgano instructor, a propuesta de la Comisión Evaluadora, dictará resolución provisional de los premios, abriéndose un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones, que deberán remitirse a través del Registro electrónico de la Universidad de Granada (sede.ugr.es). Transcurrido el plazo establecido para alegar, se elevará la propuesta de resolución a la Comisión Evaluadora para que la someta a aprobación del órgano competente; Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad, y se proceda a su posterior publicación en la web del vicerrectorado, surtiendo esta publicación los efectos de notificación. El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será como máximo de 2 meses a contar del siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. La resolución pondrá fin a la vía administrativa en la forma prevista en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, con la advertencia de que contra la misma puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Granada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la fecha de notificación de esta resolución, de conformidad con los artículos 8, 13, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14/07/1998).
Necesidad de aceptación expresa de la ayuda concedida
Sí. Se remitirá a las personas beneficiarias de estas ayudas una notificación del nombramiento y una carta de aceptación. Dicha carta de aceptación deberá ser cumplimentada y firmada por la persona solicitante de la ayuda y el responsable del centro de gastos que cofinancia y gestiona la actividad o proyecto.
Modificación de proyectos y revocación de las ayudas
Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto definitivo o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado por escrito al Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad, con la antelación suficiente y dentro del mes siguiente de la aceptación de la ayuda.
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos, cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto o cuando concurran alteraciones temporales o sustantivas que no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación del informe final de justificación o de los justificantes originales del gasto realizado en la fecha establecida para la finalización de la actividad.
Seguimiento de los proyectos
El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
El Vicerrectorado Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad podrá convocar a las personas responsables de los proyectos subvencionados para realizar sesiones informativas, de sensibilización o de presentación de resultados, donde se dará a conocer el material gráfico, audiovisual y la documentación que se haya generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones, campañas de sensibilización, emitir notas de prensa, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
Formulario de solicitud
- El plazo de solicitud ha finalizado.
Instrucciones
- La presentación de la solicitud y, en su caso, la documentación que quiera aportar, se realizará exclusivamente por medios electrónicos a través del siguiente formulario.
- Recuerde que el formulario no se puede guardar, para continuar posteriormente, por lo que deberá rellenarlo en su totalidad. Una vez cumplimentado podrá revisarlo y modificarlo.
- Enviada la petición, recibirás un archivo (PDF) en el correo electrónico indicado. Para que tu solicitud tenga validez, deberás registrar el documento en la sede electrónica de la UGR (sede.ugr.es).
- Documentación requerida:
- Curriculum del equipo
Justificación de las ayudas
Las personas que coordinen los proyectos se comprometen, en caso de ser sus proyectos seleccionados, a presentar un Informe Final de justificación técnica y económica debidamente cumplimentado antes del 30 de noviembre de 2023, aportando la siguiente documentación:
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la ayuda especificará, con el máximo detalle, las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
- Justificación económica con relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor y del concepto, su importe correspondiente, fecha de emisión y cuantía imputada al programa de la actuación subvencionada, según el modelo establecido. Además, se incluirá en formato pdf, la documentación acreditativa del pago correspondiente al gasto total del proyecto o actuación subvencionada. Esta memoria deberá corresponder específicamente a los gastos subvencionados ajustándose a las actividades presentadas en el proyecto o actuación subvencionada, según el modelo establecido.
- Copia de otros materiales realizados como resultado del proyecto: publicaciones, informes, reportajes, folletos, etc.
Los modelos de memoria se podrán descargar en la web del vicerrectorado y presentarse telemáticamente, mediante la cumplimentación del formulario disponible en la web del vicerrectorado.
Memoria de actuación justificativa (doc)
Formulario de justificación
Contacto e información
Correo electrónico: ayudasviis@ugr.es
Teléfono: 958 249639