Conciliación corresponsable para la adecuación de horarios docentes del PDI

El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Compromiso Social y el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, con el fin de poder dar cumplimiento a lo estipulado en el Plan de Ordenación Docente en relación con la adecuación de horarios docentes a las necesidades de conciliación, dicta la Instrucción con los Criterios de conciliación corresponsable para la adecuación de horarios docentes del Personal Docente e Invetigador de la Universidad de Granada para el curso académico 2025/2026.

Este procedimiento podrá ser solicitado por el Personal Docente e Investigador, que se encuentre en alguno de las siguientes supuestos:

  • Que tenga a su cuidado directo algún/alguna menor de hasta 12 años, siempre que acredite que la persona solicitante es la única responsable del cuidado de la persona menor o que el otro progenitor/a tiene una jornada laboral coincidente y no disfruta de ningún tipo de adaptación horaria por el mismo motivo. O que la persona solicitante tiene la custodia no compartida de ese menor. La familia numerosa con hijos menores de 6 años no tendrá que cumplir este último requisito.
  • Que tenga a su cuidado directo algún/alguna descendiente o ascendiente en primer grado con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 50%, siempre que dicha discapacidad esté acreditada por órgano competente y la persona a cuidar no desempeñe actividades retribuidas.
  • Que conviva en el mismo domicilio y tenga a su cuidado directo algún/alguna descendiente o ascendiente en primer grado, cónyuge o pareja de hecho en situación de dependencia, acreditada por órgano competente. En cualquier caso, se tendrá en cuenta la existencia de recurso asignado y el horario de este.

Documentación requerida

La documentación acreditativa en cada uno de los supuestos es la siguiente:

  • Acreditación de la vinculación familiar o guarda legal:
    • Libro de familia o documento acreditativo de la guarda y custodia.
    • Título de familia numerosa, si procede.
    • Inscripción del Registro Civil.
    • Certificado de convivencia y/o empadronamiento.
    • Otros documentos acreditativos de la situación familiar.
  • Certificación que acredite la situación de discapacidad de la persona descendiente o ascendiente, emitido por el órgano competente.
  • Documento de reconocimiento de la situación de dependencia. Cuando aún no se pueda acreditar, se presentará resguardo de inicio del procedimiento de reconocimiento de esta situación.
  • Acreditación de la jornada laboral coincidente del otro progenitor/a:
    • Certificación de la empresa en el que se especifique la duración de la jornada y el horario de trabajo.
    • En el caso de que se desarrolle la actividad por cuenta propia, deberán presentar una declaración responsable sobre la actividad desarrollada y el horario de realización.

Plazo de solicitud

La presentación de la solicitud estará disponible desde el 21 de abril hasta el 2 de mayo de 2025.

La solicitud deberá presentarse a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Universidad de Granada denominado “Gestión de PDI: Solicitud de conciliación POD”, junto con la documentación requerida y el modelo de solicitud de conciliación POD, disponible en la misma.

Instrucción con los Criterios de conciliación corresponsable para la adecuación de horarios docentes del PDI de la UGR (pdf)

Modelo de solicitud de conciliación POD(pdf)